Hoy, la Alcaldía de Medellín declaró insubsistente y removió del cargo de libre nombramiento y remoción al corregidor de Santa Elena, Sergio Giovanny Alzate González. La medida fue tomada por la alcalde Federico Gutiérrez, mediante Decreto 0158 del 21 de febrero de 2025.
El documento no presenta información adicional, pero sí se conoció que venían haciéndole seguimiento a sus conductas como servidor público, además de procesos anteriores como una demanda por alimentos. El ex funcionario había iniciado labores el 5 de agosto de 2024, en plena Feria de las Flores.
El proceso del elección de corregidor (a) comienza de nuevo con la escogencia de terna por parte de la Junta Administradora Local, que luego pasa al alcalde para la escogencia final. Mientras tanto, la Alcaldía de Medellín nombrará un corregidor (a) encargado (a).

Aquí les dejamos el decreto.
Decreto Insubsistencia Corregidor
Investigan a ediles de la JAL período 2020-2023
En un viernes movido políticamente en Santa Elena, de otro lado, se conoció la formulación de pliego de cargos por parte de la Procuraduría General de la Nación contra cuatro ediles de la Junta Administradora Local de Santa Elena, del período 2020-2023, por posibles irregularidades relacionadas con la expedición ilegal de un acuerdo local que beneficiaría a personas no residentes en Medellín. La investigación cobija a los entonces ediles: Sandra Marisa Patiño Soto, Víctor Julio Hernández, Carolina Mejía Sierra y Parménides Erazo Bahos.
Según la comunicación oficial de la Procuraduría, al parecer, los investigados se habrían extralimitado en sus funciones al votar positivamente, aprobar y expedir el acuerdo local 002 de 30 de noviembre de 2021 que otorgó certificados de residencia, para efectos de educación, a habitantes residentes de otros municipios y atribuyó a la Junta Administradora Local la competencia para dar visto bueno a certificados de residencia expedidos por las Juntas de Acción Comunal (JAC) e Inspección de Policía. Es decir que, con la aprobación y expedición del acuerdo, habitantes de los municipios de Bello, Copacabana, Guarne, Rionegro, El Retiro y Envigado, podían acceder a recursos del presupuesto participativo de Medellín, bajo la condición de haber terminado bachillerato en las instituciones educativas de Santa Elena.
El Ministerio Público también consideró irregular que en dicho acto administrativo se hubiesen adjudicado la competencia de dar visto bueno a los certificados de residencia expedidos por las otras dos instituciones mencionadas. La conducta fue calificada provisionalmente como grave a título de dolo.








